Precaución

Distrito de La Fortuna en San Carlos y los cantones de Pococí y Upala se suman a la lista de alerta naranja

  • Además, quedan sujetos a la restricción vehicular diferenciada de lunes a domingo de 5 p.m. 5 a.m.
  • También, aplicará regulación especial de establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento.
  • Medidas empezarán a regir a partir del día de hoy a media noche.

Este domingo el Gobierno de la República anunció que por recomendación delMinisterio de Saludla Comisión Nacional de Emergencia (CNE) estableció alerta naranja por COVID-19 para el distrito La Fortuna en San Carlos y los cantones de Pococí y Upala.

Asimismo, quedarán sujetos a la restricción vehicular diferenciada, la cual aplica de lunes a domingo de 5 p.m. a 5 a.m, explicó Alexander Solís, Presidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Emergencia.

Agregó que también tendrán regulación especial los establecimientos con permisos sanitarios de funcionamiento, los cuales podrán funcionar de lunes a viernes de 5:00 a.m. a 5:00 p.m. y los fines de semana. La restricción horaria no aplica para supermercados, farmacias, pulperías, abastecedores y servicios de salud, así como aquellos establecimientos habilitados de manera excepcional por el Ministerio de Salud.

Medidas empezarán a regir a partir de este domingo 7 de junio a la media noche.

Lista completa de cantones y distritos con restricción vehicular diferenciada son:

a) Guatuso.
b) Guácimo, específicamente el distrito de Duacarí.
c) La Cruz.
d) Los Chiles.
e) Pococí.
f) Río Cuarto.
g) San Carlos, específicamente los distritos de La Fortuna, Venecia, Aguas Zarcas, Cutris, Pital y Pocosol.
h) Sarapiquí, específicamente los distritos de Llanuras del Gaspar y Curuña.
i) Siquirres, específicamente los distritos de Pacuarito y Reventazón.
j) Upala.
k) San Ramón, específicamente el distrito de Peñas Blancas.
l) Abangares, específicamente el distrito de Las Juntas.
m) Cañas, específicamente los distritos de Cañas y Bebedero.

Distritos con alerta naranja, restricción vehicular diferenciada y regulación especial de establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento destacan:

a) Pococí.
b) Peñas Blancas (San Ramón).
c) Cañas y Bebedero (Cañas).
d) Las Juntas (Abangares).
e) Los Chiles (Los Chiles).
f) La Fortuna (San Carlos).
g) Upala.

Tomar en cuenta que las rutas exceptuadas de restricción vehicular diferenciada y que están sujetas a la restricción vehicular del Decreto Ejecutivo número 42253-MOPT-S del 24 de marzo de 2020 son:

a) 1 (Ruta Interamericana Norte).
b) 6 (Cañas-Upala).
c) 142 (Cañas-Tilarán-La Fortuna).
d) 702 (San Ramón – La Fortuna).
e) 18 (Abangares-Nicoya).
f) 32 (Braulio Carrillo).

En cuanto a la restricción de acceso a la navegación en ríos, la cual aplica de lunes a domingo, de 5:00 pm a 5:00 a.m., son:

a) Medio Queso.
b) Frío.
c) Sistema de Canalización del Caribe Norte (Canales de Tortuguero).
d) Colorado.
e) Sarapiquí.
f) San Carlos.

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